La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en Perú ha dado un paso significativo hacia la modernización de sus procesos al emitir una resolución que permite la discrecionalidad en la administración de sanciones por infracciones en los registros y libros relacionados con asuntos tributarios llevados de manera electrónica.

Marco Adaptativo para Contribuyentes

La relevancia de brindar un marco adaptable que permita a los contribuyentes adaptarse a las nuevas tecnologías y cumplir de manera efectiva con sus obligaciones fiscales es reconocida por la SUNAT. La resolución emitida altera disposiciones previas, ampliando el período de no sanción por infracciones específicas hasta marzo de 2024.

Implementación del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE)

La decisión de ampliar el período de no sanción se basa en la puesta en marcha del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), compuesto por los módulos RVIE y RCE. Este sistema tiene como objetivo que los obligados a llevar registros de ventas e ingresos, así como de compras, lo realicen de manera electrónica y conjunta.

Dicha decisión de ampliar el plazo de la facultad discrecional tiene como fin brindar más tiempo para la adecuación y aprendizaje del SIRE. En tal sentido, la directora de Consultoría Tributaria y Aduanera en PwC se pronunció al respecto.

“Este sistema busca que los obligados a llevar registros de ventas e ingresos, así como de compras según la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, lo realicen de manera electrónica y conjunta”.

Katarzyna Dunin Borkowski

Por otro lado, Carlos Moreano, Director de Impuestos en Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, explica que esta ampliación se produce debido a la necesidad de un periodo de adaptación para los contribuyentes y la administración tributaria, lo que permite un marco más adaptable para la implementación de los libros electrónicos.

Enfoque de la Medida

La resolución se enfoca en dos tipos de infracciones: la falta de conformidad con la forma y los términos de los registros electrónicos, y la falta de registro de ingresos o compras en ellos. Siempre que se cumplan ciertas condiciones previamente establecidas, la administración tributaria tiene la facultad discrecional de omitir las sanciones por estas infracciones hasta abril de 2024.

Propuestas de Mejora

Carlos Moreano mencionó áreas potenciales de mejora en la legislación actual, proponiendo una mayor precisión en la descripción de las infracciones para facilitar la implementación adecuada de los registros electrónicos. Además, argumentó que extender el plazo de discrecionalidad hasta diciembre de 2024 podría brindar un apoyo más significativo a los contribuyentes durante un año económico difícil.

Conclusiones

En conclusión, la facultad discrecional de la SUNAT para administrar sanciones por infracciones en los registros y libros electrónicos relacionados con asuntos tributarios es un paso importante hacia la modernización y la adaptación tecnológica de los contribuyentes. Esta medida busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y asegurar la calidad en los servicios prestados, promoviendo así un sistema tributario más eficiente y transparente en el país.

Fuente: Diario Gestión.